lunes, diciembre 22, 2014

Populismo judicial




Para que el ciudadano de a pie crea en la justicia, en el sistema, necesita ver que esa justicia actúa con criterios de imparcialidad; necesita saber que la Fiscalía no se deja influir por intereses políticos; que el juez no actúa por protagonismos, ideología, populismo social o intereses bastardos; para creer en la justicia necesita ver abolidos los terribles juicios paralelos mediáticos que atentan contra la presunción de inocencia, contra el honor de personas que primero son imputadas, luego linchadas y vapuledas en los medios de comunicación y si en el juicio oral son absueltas, se extienda sobre ellos ora el silencio si son exculpados, ora la puntilla de la muerte civil.
El auto del juez Castro de apertura del juicio oral en el caso Noos, sentará en el banquillo de los acusados a la Infanta Cristina de Borbón que será juzgada en la Audiencia de Palma como cooperadora necesaria en dos delitos fiscales cometidos presuntamente por su marido.
Castro ha considerado siempre que la acusación popular que ejerce el sindicato Manos Limpias está legitimada para llevar a juicio en solitario a la hermana del Rey, para la que reclama 8 años de prisión. Por esta razón, el juez considera que no es aplicable la denominada 'doctrina Botín' en este caso.
A mi juicio y criterio, una absoluta aberración.


La doctrina Botín, impide juzgar a alguien si únicamente le acusa quien ejerce la acción popular -en este caso Manos Limpias- y no la Fiscalía o el perjudicado del delito cometido. Ni Ministerio Público ni Agencia Tributaria apuntan a la existencia de indicios criminales sobre la Infanta Cristina.


La doctrina imperante se refiere al artículo 782 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , que insta a archivar las pesquisas para quien así lo piden Fiscalía y acusación particular. No es posible, ni admisible, ni jurídicamente aceptable que en un Estado de Derecho un ciudadano -el fallecido presidente de Banco Santander, Emilio Botín- no fuera sometido a juicio en el  caso de las 'cesiones de crédito' por solicitarlo únicamente la acusación popular, y sí en el caso de la Infanta Cristina de Borbón.



La Justicia no puede actuar al albur del populismo, de los avatares de supuesta indignación social y ruido de tambores mediáticos. Un Estado de Derecho no puede verse sujeto a actuaciones judiciales chirriantes, estrambóticas.

Como bien señalaba el fiscal Horrach, "no ha habido jamás una imputación en la historia de la Fiscalía a alguien por ser mero socio de una mercantil, ningún caso", refiriéndose así al motivo por el que Manos Limpias solicita ocho años de cárcel para la Infanta: haber contribuido a que su marido, a través de la sociedad Aizoon -de la que ambos son copropietarios- pudiera defraudar hasta 337.138 euros en las cuotas del IRPF del 2007 y el 2008.
Y ello al facturar a través de la mercantil del matrimonio, como si de rendimientos de actividades económicas se tratasen y no personales, las retribuciones que cobró de numerosas entidades privadas de las que era consejero asesor, y de este modo tributar menos en su declaración de la renta.
"El hecho de ser socio es irrelevante penalmente, se trata del ejercicio legítimo de un derecho del que no pueden extraerse consecuencias penales", ha incidido el fiscal, quien ha subrayado que "a las personas se las castiga por lo que hacen, no por lo que son, y a la infanta se la imputa en base a meras sospechas o conjeturas. Si pudo saber o conocer, también pudo no saber y no conocer".

La independencia judicial es, precisamente, lo que hace posible que los jueces adopten decisiones impopulares, sin dejarse arrastrar por los reclamos del populismo punitivo. Algo, que visto lo visto, brilla cada vez más por su ausencia.

Nota:

 Castro desprecia el hecho de que el Fiscal y la Abogacía del Estado no compartan la acusación .
Es más;  argumenta que el fraude fiscal en que está acusada de participar la Infanta no genera un daño “particular” al Ministerio de Hacienda sino que supone un fraude “colectivo a la sociedad”. Es decir, desprecia el criterio de los Inspectores de la Agencia Tributaria y de la Abogacía del estado, que no ven delito fiscal por ninguna parte. Insólito.


natpastor@gmail.com